Con la finalidad de garantizar las necesidades básicas en el ámbito de la infancia y la adolescencoa, otorgamos unas ayudas aconómicas en función de la situación socioeconómica de la familia, en concepto de becas de varias actividades y servicios.
Constar empadronados en Esplugues de Llobregat, como mínimo y de manera ininterrumpida, desde el día 6 de julio de 2025 (a excepción de los casos de reagrupamiento familiar documentado y a excepción de las solicitudes para la natación escolar.
- Formalizar previamente la inscripción o matrícula a la actividad para la cual se pide la ayuda.
- No estar sometido/a a ninguno de los supuestos por ser persona beneficiaria de subvenciones de conformidad con el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Epslugues y no tener deudas ni sanciones pendientes con el Ayuntamiento de Esplugues ni con la entidad o centro donde se realiza la actividad.
- Valor máximo catastral del acumulado de todos los immuebles en propiedad inferior a 26.530 euros (Exceptuando la vivenda habitual).
- Encontrarse dentro de los baremos económicos y requisitos específicos establecidos para cada tipo de ayuda.
A través de los formularios que encontrarás en las solicitudes que tenemos abiertas, a partir del 6 de julio de 2026:
Actividades del curso 2026 – 2027:
TODAS A PARTIR DEL 6 DE JULIO HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2026, excepto:
Comedor escolar: hasta el 30 de septiembre de 2026.
Educación especial y tratamientos: hasta el 30 de abril de 2027.
Escuela infantil (asistencia y comedor): hasta el 30 de abril de 2027.
Puedes ponerte en contacto con la Unidad Administrativa del Área de Cohesión Social.
No podemos facilitar por teléfono información de los expedientes y solicitudes presentadas.
