Ayudas para la asistencia y comedor de actividades subvencionables de verano.
Sabemos que los casales de verano son mucho más que una actividad: son una oportunidad para hacer nuevas amistades, vivir experiencias enriquecedoras y disfrutar del verano sin salir de la ciudad. Además, estas actividades tienen un gran valor educativo y ayudan a hacer compatible la vida familiar y laboral.
En el Ayuntamiento de Esplugues trabajamos para que todas las criaturas y jóvenes de la ciudad puedan acceder a las actividades de verano, independientemente de la situación económica o social de cada familia. Por eso, ofrecemos ayudas municipales que hacen posible que nadie se quede fuera de un verano activo, divertido y lleno de aprendizajes.
- Constar en el padrón en Esplugues de Llobregat, como mínimo y de forma ininterrumpida, desde el día 9 de abril de 2024 (a excepción de los casos de reagrupamiento familiar documentado).
- Constar inscrito/a en las actividades de verano subvencionables, detalladas en el programa EspluEstiu 2025.
- No estar incurso/a en ninguno de los supuestos de prohibición por ser persona beneficiaria de subvenciones de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Esplugues y no tener deudas ni sanciones pendientes con el Ayuntamiento de Esplugues ni con el entidad o centro donde se realiza la actividad.
- Valor máximo catastral del acumulado de todos los inmuebles en propiedad inferior a 26.530 euros (excepto vivienda habitual).
- Encontrarse dentro de los baremos económicos y requisitos específicos establecidos para cada tipo de ayuda.
- Menores escolarizados en centros concertados curso 2024-2025: la cuota mensual de la escuela, sin el gasto de comedor, no puede superar los 110 euros (excepto casos de matrícula abierta).
Renta per cápita anual* | Resultado< 18a. | Resultado> 17a. |
Hasta 3.174,44 € | 90% coste del servicio | 65% coste del servicio |
De 3.174,45 € a 4.081,42 € | 65% coste del servicio | |
De 4.081,43 € a 4.988,41 € | 40% coste del servicio | 40% coste del servicio |
De 4.988,42 € a 5.895,39 € | 25% coste del servicio | 25% coste del servicio |
(*) Ingresos de la unidad familiar – gastos de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual / número de personas de la unidad familiar
A partir del 9 de abril de 2025, hasta que finalicen las actividades, siempre que haya plazas disponibles.
Los encontrarás en la sección de materiales y recursos de la página general de becas para familias.
A continuación, también puedes consultar la guía para solicitar la ayuda y el documento que debes rellenar para dar consentimiento para consultar los datos para la concesión de ayudas económicas.