Con el fin de garantizar las necesidades básicas en el ámbito de la infancia y adolescencia, otorgamos unas ayudas económicas en función de la situación socioeconómica de la familia, en concepto de becas de diversas actividades y servicios.
Tener el padrón en Esplugues de Llobregat, como mínimo y de forma ininterrumpida, desde el día 8 de septiembre de 2024 (a excepción de los casos de reagrupamiento familiar documentado ya excepción de las solicitudes para la natación escolar).
- Formalizar previamente la inscripción o matrícula en la actividad para la que se solicita la ayuda.
- No incumplir ninguno de los supuestos de prohibición por ser persona beneficiaria de subvenciones de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Esplugues y no tener deudas ni sanciones pendientes con el Ayuntamiento de Esplugues ni con el entidad o centro donde se realiza la actividad.
- Valor máximo catastral del acumulado de todos los inmuebles en propiedad inferior a 26.530 euros (exceptuando la vivienda habitual)
- Encontrarse dentro de los baremos económicos y requisitos específicos establecidos para cada tipo de ayuda.
A través de los formularios que encontrarás en las solicitudes que tenemos abiertas, a partir del 8 de septiembre de 2025:
Actividades del curso 2025 – 2026:
Comedor escolar: hasta el 15 de octubre de 2025
Educación especial y tratamientos: hasta el 30 de abril de 2026.
Guardería (asistencia y comedor): hasta el 30 de abril de 2026.
Puedes ponerte en contacto con la Unidad Administrativa de los Servicios Jurídicos de Derechos Sociales, Civiles y Ciudadanía
No podemos facilitar por teléfono información de los expedientes y solicitudes presentadas.