Ćsta es una subvenciĆ³n otorgada por la AgĆØncia de l’Habitatge de Catalunya.
ĀæQuiĆ©n puede pedirlo?
Personas que sean titulares de un contrato de alquiler, habitaciĆ³n y/o cesiĆ³n de uso que constituya su domicilio habitual y permanente en el territorio de CataluƱa que a fecha 26/02/2024 tengan 35 aƱos o menos y cumplan los requisitos de la convocatoria.
ĀæCuĆ”les son los requisitos?
- Acreditar la residencia legal en CataluƱa (NIF/NIE vigente solicitante de la ayuda).
- Disponer de una fuente regular de ingresos que reporte unas rentas anuales de la unidad de convivencia iguales o inferiores a 2,977736 veces el indicador de renta de suficiencia (IRSC) (23.725,79ā¬)
- Ser titular del contrato de alquiler o cesiĆ³n de uso de una vivienda o habitaciĆ³n, que constituye tu domicilio habitual y permanente, y estar empadronado/a.
- Acreditar que el arrendatario o arrendataria ha pagado la fianza al arrendador/a.
- No pagar un alquiler o precio de cesiĆ³n mensual por la vivienda o habitaciĆ³n superior a 950 euros mensuales en el supuesto de vivienda (1.100 ā¬ para familias numerosas , monoparentales o con alguna persona con discapacidad reconocida), o de 450 euros en caso de habitaciones.
Para mĆ”s informaciĆ³n, consulta el siguiente enlace: Subvenciones para el pago de alquiler o cesiĆ³n de uso de la gencat.cat
ĀæCuĆ”l es el importe de la subvenciĆ³n?
El importe de la subvenciĆ³n se calcula en funciĆ³n del importe del alquiler y de los ingresos ponderados, con un lĆmite de 250 ā¬.
Si existe mĆ”s de una persona beneficiaria en una misma vivienda la suma de las subvenciones concedidas, no podrĆ” superar el importe mensual del alquiler o del precio de cesiĆ³n.
ĀæCuĆ”ndo puedo pedirlo?
El plazo para presentar las solicitudes se inicia el dĆa 11 de marzo de 2024 (9 h) y finaliza el dĆa 12 de abril de 2024 (15 h).
ĀæCĆ³mo debo solicitarlo?
De forma telemĆ”tica a travĆ©s del siguiente enlace: Subvenciones para el pago de alquiler o cesiĆ³n de uso. Habitatge (gencat.cat)