Esta es una subvenciĆ³n otorgada por la Agencia de l’Habitatge de Catalunya.
ĀæQuiĆ©n puede pedirlo?
Personas que sean titulares de un contrato de alquiler, habitaciĆ³n y/o cesiĆ³n de uso que constituya su domicilio habitual y permanente en el territorio de CataluƱa, que a fecha 26/02/2024 tengan entre 36 aƱos y 64 aƱos y cumplan los requisitos de la convocatoria.
ĀæCuĆ”les son los requisitos?
- Acreditar la residencia legal en CataluƱa (NIF/NIE vigente solicitante de la ayuda).
- Disponer de una fuente regular de ingresos que reporte unas rentas anuales de la unidad de convivencia iguales o inferiores a 24.301,57ā¬. Los ingresos computables para la obtenciĆ³n de la subvenciĆ³n, en relaciĆ³n con la declaraciĆ³n del impuesto de la renta de las personas fĆsicas (IRPF) del ejercicio 2022, son la cantidad que resulte de sumar los ingresos de la base imponible general (casilla 435) y de la base imponible del ahorro (casilla 460), menos el saldo neto de la casilla 420.
- Ser titular de un contrato de alquiler o cesiĆ³n de uso de la vivienda o habitaciĆ³n que sea tu domicilio habitual y permanente.
- Acreditar que el arrendatario/a ha pagado la fianza al arrendador/a.
- No pagar un alquiler o precio de cesiĆ³n mensual por la vivienda o habitaciĆ³n superior a 900ā¬ mensuales en el supuesto de vivienda y 450ā¬ mensuales en el supuesto de habitaciĆ³n.
Para mĆ”s informaciĆ³n, consulta el siguiente enlace: Subvenciones para el pago de alquiler o cesiĆ³n de uso de la gencat.cat
ĀæCuĆ”l es el importe de la subvenciĆ³n?
El importe de la subvenciĆ³n se calcula en funciĆ³n del importe del alquiler y de los ingresos ponderados, con un lĆmite de 200ā¬.
ĀæCuĆ”ndo puedo pedirlo?
El plazo para presentar las solicitudes se inicia el dĆa 15 de abril de 2024 (9 h) y finaliza el dĆa 10 de mayo de 2024 (14 h).
ĀæCĆ³mo debo solicitarlo?
La solicitud se puede presentar de forma telemƔtica a travƩs de: Web de trƔmites de la Generalitat de Catalunya