AYUDAS COVID - Para familias
El Ayuntamiento de Esplugues de Llobregat ofrece una ayuda económica para atender las necesidades básicas de las unidades familiares que se han visto abocadas a una situación de vulnerabilidad económica por haber sufrido una disminución de sus ingresos habituales como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19.
Aquellas unidades familiares en las que al menos uno de sus miembros se encuentre o se haya encontrado en alguna de las siguientes situaciones:
· Personas que estén incluidas en un expediente de regulación temporal de empleo activo (ERTE), con suspensión total o parcial del contrato, por causas económicas, técnicas o de producción o derivadas de fuerza mayor relacionadas con el COVID-19, al menos un día en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2021 y la fecha de solicitud de esta ayuda o, en los casos de personas con contrato fijo discontinuo previsto en el apartado 2 del artículo 9 del Decreto ley 30/2020, de 29 de septiembre, en el plazo mencionado.
· Personas que hayan finalizado contrato de trabajo con posterioridad al 14/03/2020 y que se encuentren en situación de desempleo e inscritas en el Servei d’Ocupació de Catalunya en el momento de la presentación de solicitud de esta subvención.
· La unidad familiar debe estar empadronada en la ciudad de Esplugues de Llobregat antes del 07/04/2021.
· Los ingresos de la unidad familiar no pueden superar:
En el caso de unidad familiar matrimonio o pareja estable legalmente constituida:
a) 1 miembro = 1.422,80 €/mensuales
b) 2 miembros = 1.497,80 €/mensuales
c) 3 miembros (hijo o hija) = 1.647,80 €/mensuales
d) 4 miembros (hijo o hija) o más= 1.797,80 €/mensuales
En el caso de unidad familiar monoparental, en defecto de matrimonio o pareja estable legalmente constituida, o en los casos de separación legal:
a) 1 miembro = 1.422,80 €/mensuales
b) 2 miembros (hijo o hija) = 1.572,80 €/mensuales
c) 3 miembros (hijo o hija) o más = 1.722,80 €/mensuales
· La unidad familiar no puede disponer de fondos propios, en cuentas bancarias u otros productos financieros similares, superiores a 5.000,00 €.
· Se debe estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias.
400 € por unidad familiar. Este importe se verá incrementado en un 10% por cada hijo o hija menor de 18 años, o mayores de edad con grado de discapacidad donde conste el reconocimiento de necesidad de tercera persona.
Desde el día 20 de abril hasta el 30 de noviembre de 2021.