1. ¿Qué es una vivienda de protección oficial?
Las Viviendas de Protección Oficial son aquellas que han sido declaradas como tales por la Agència de l’Habitatge de Catalunya a petición de un promotor. Son viviendas con unas determinadas características y un precio fijado por la Administración y puede extenderse a garajes, trasteros y otros elementos distintos a la vivienda.
Las viviendas de protección oficial obligatoriamente deben destinarse a residencia habitual y permanente; no se pueden ceder o alquilar a otras personas, excepto en situaciones excepcionales previa autorización de la Agència de l’Habitatge de Catalunya.
La vivienda de protección oficial puede clasificarse según el régimen de tenencia:
- Viviendas de compra
- Viviendas de alquiler
- Viviendas de alquiler con opción a compra
Además, se clasifican en tres grupos en función del régimen de calificación de la vivienda, que determinará los precios de las viviendas así como los ingresos máximos de los solicitantes:
- Régimen Especial
- Régimen General
- Régimen Concertado
Los ingresos máximos vienen determinados por la calificación de la vivienda, el IRSC (Indicador de Renta de Suficiencia de Catalunya), el número de
personas que forman la Unidad de Convivencia (personas que conviven o convivirán en una misma vivienda) y la zona geográfica donde se encuentra la vivienda.
Para nuestro municipio, los ingresos máximos anuales son:
| RÉGIMEN | 1 miembro | 2 miembros | 3 miembros | 4 miembros |
| Régimen Especial
que no superen 2,5 veces el IRSC |
32.073,93 € | 33.065,91 € | 34.488,10 € | 35.637,70 € |
| Régimen General
que no superen 5 veces el IRSC |
64.147,87 € | 66.131,82 € | 68.976,20 € | 71.275,41 € |
| Precio Concertado
que no superen 6,5 veces el IRSC |
83.392,23 € | 85.971,37 € | 89.669,06 € | 92.658,03 € |
Fecha actualización: 24/02/2026
Para más información puede consultar el siguiente enlace:
Tablas de ingresos de referencia para acceder a una vivienda protegida
A partir del 25 de febrero de 2025, la clasificación de los precios por zonas geográficas desaparece y se unifica en una única zona.
El precio máximo de venta/alquiler de las viviendas protegidas está determinado por el régimen de calificación, se fija un precio por m². El precio máximo es el resultado de multiplicar la superficie útil de la vivienda y de los anexos vinculados por las siguientes cantidades:
Venta
| RÉGIMEN | Vivienda | Anexos (50% del precio de venta) |
| Especial | 2.560,42 € | 1.280,20 € |
| General | 2.913,18 € | 1.456,59 € |
| Precio concertado | 3.001,68 € | 1.200,67 € |
Fecha de actualización: 19/02/2026
Alquiler
| RÉGIMEN | Vivienda | Anexos |
| Especial | 9,61€ | 4,80€ |
| General | 10,93€ | 5,47€ |
| Precio concertado | 10,93€ | 4,37€ |
Fecha de actualización: 19/02/2026
Para consultar los módulos vigentes según la fecha de calificación definitiva de la vivienda accede a:
Precios máximos de venta y renta de las viviendas protegidas
No hay una manera única para adjudicar estas viviendas, podemos establecer
dos grupos:
- Si el suelo es público, generalmente se hace un sorteo entre los solicitantes admitidos, pudiendo establecerse prioridades para determinados colectivos: residentes en el municipio, por grupos de edad, etc.
- Si el suelo es privado , es el promotor quien establece el procedimiento de adjudicación. Puede acudir a establecer prioridades para algunos colectivos a instancia del Ayuntamiento.
2. Quiero vivir en una vivienda pública
El primer paso para acceder a una vivienda de protección oficial (VPO) es inscribirse en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial.
Cuando quieras, el Registro está abierto todo el año.
Para acceder al Registro, debes cumplir con los siguientes criterios:
- Ser mayor de edad.
- Tener necesidad de vivienda.
- Residir en un municipio de Catalunya.
- Cumplir el límite de ingresos.
- No hallarse en motivos de exclusión.
Para más información sobre los requisitos y la documentación a presentar, haz clic en el siguiente enlace:
Requisitos y documentación a presentar
Los requisitos exigidos para la inscripción en el Registro deben cumplirse efectivamente en el momento de la presentación de la solicitud de inscripción y mantenerse a lo largo de todo el período de vigencia.
La inscripción en el Registro tiene una vigencia de dos años . Se puede renovar durante los 90 días anteriores a la fecha de caducidad, en caso contrario la inscripción caducará y deberá volver a realizarse de nuevo la solicitud si se quiere estar inscrito.
Gencat envía un SMS avisando de la renovación con antelación.
3. ¿Cuáles son las futuras promociones?
Localización: c. Sant Mateu (Parcela 104). Tipo de vivienda: 132 viviendas de las cuales 60 de compraventa en régimen general (SORTEO CELEBRADO 17/06/22) y 72 de alquiler. Previsión período de inscripciones: Realizado en junio de 2022. Previsión final de obras: prorrogado a 2024.
Localización: c. de Oriol. Tipo de vivienda: 11 viviendas de alquiler, con reserva de 5 pisos para jóvenes. Previsión período de inscripciones: consulta cada promoción aquí.
Localización: Varias calles del barrio Montesa. Tipo de vivienda: 1.059 viviendas de las cuales 530 en régimen general y 529 concertado. Alquiler y compraventa. Previsión período de inscripciones: consulta cada promoción aquí.
Puede consultar el mapa de las promociones, aquí.
- Web de l’Agència de l’Habitatge de Catalunya https://www.
registresolicitants.cat/ registre/ - Revista municipal, la web y las redes sociales
4. Tengo dudas, ¿dónde puedo dirigirme?
En la Oficina Local d’Habitatge ubicada al Centro Municipal Puig Coca (Petit Parc de l’Amistat, s/n).
Para acceder al servicio, debes solicitar cita previa llamando al Punto de Atención a la Ciudadanía al 900 300 082.

