Las administraciones locales deben remitir por vía telemática al Ministerio de Hacienda y Administración Pública información relativa al coste de los servicios tanto de prestación obligatoria como por delegación, de acuerdo con los formularios que se publican por el Ministerio, y deberán tener en cuenta el nivel de desagregación de la clasificación por programas contenido en la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo.
Ejercicio 2017 en adelante
Coste efectivo de los servicios
Ejercicio 2016
Coste efectivo de los servicios 2016
Ejercicio 2015
Coste efectivo de los servicios 2015
(cálculo según Orden HAP/419/2014)
Ejercicio 2014
Coste efectivo de los servicios 2014
(cálculo según Orden HAP/419/2014)
Ejercicio 2013
Para el cálculo del coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales en el año 2013, el Ministerio ha tenido en cuenta la información obtenida del ejercicio presupuestario 2013 para todas aquellas entidades locales principales que han firmado, mediante la Oficina Virtual, dicha liquidación.
Año | 0. Deuda Pública | 1. Servicios Públicos Bàsicos | 2. Actuaciones de protección y promoción social | 3. Producción de bienes públicos de carácter preferente | 4. Actuaciones de carácter económico | 9. Actuaciones de carácter general |
2013 |
4.098.968€ |
13.319.348€ |
3.680.310€ |
6.053.553€ |
738.144€ |
9.355.367€ |